Responsabilidad del auditor frente al fraude empresarial

El Tribunal Supremo acaba de modificar la conclusión anterior de la Audiencia Nacional acerca del despacho auditor que analizó las cuentas de Pescanova.

La sentencia, emitida el 15 de febrero por la Sala Segunda del Alto Tribunal tiene dos partes. Por un lado, se condena a seis años de prisión al expresidente ejecutivo de Pescanova Manuel Fernández de Sousa-Faro por prácticas irregulares. Por otra, absuelve a BDO Auditores y al socio responsable de los informes de auditoría en los años en que se gestó el fraude de Pescanova. Es en este último punto donde la sentencia anterior de la Audiencia Nacional es modificada.

El Tribunal Supremo, con su dictamen, confirma la correcta actuación de BDO Auditores. También, del funcionamiento adecuado de sus sistemas de gestión de compliance y control interno y calidad de su actividad.

De no haber actuado correctamente, la firma auditora podría haber sido acusada de un supuesto delito de fraude en calidad de cooperador necesario.

El auditor en España asume la normativa internacional de control

La profesión de auditor en España se rige en torno al conjunto de reglas recogidas en un documento titulado Normas Técnicas de Auditoría. Este reglamento es la adaptación, a la casuística y normativa de España, de las Normas Internacionales de Auditoría (NIA) emitidas por la Federación Internacional de Contadores (IFAC) a través de la Junta Internacional de Normas de Auditoría y Aseguramiento (IAASB).

En la sección “Responsabilidad de los administradores en relación con las cuentas anuales” se explicita claramente que la principal responsabilidad del administrador de una empresa es:

  • Ejercer el control interno, que se juzgue necesario, para permitir la preparación de las cuentas anuales de la sociedad por ellos administrada. Estas cuentas tienen que ser entregadas libres de incorrección material, debida a fraude o error.

A partir de este punto, las Normas Técnicas de Auditoría pasan a establecer, de manera detallada, la responsabilidad del auditor en la auditoría de estados financieros con respecto al fraude. Además, este mismo documento se detiene en analizar cómo pueden producirse prácticas de fraude en una sociedad auditada.

Responsabilidades y obligaciones del auditor

Según las Normas Internacionales de Auditoría (NIA), las responsabilidades y obligaciones del auditor, en relación con la auditoría de los estados financieros, a menudo se incluyen en la carta de encargo u otra forma adecuada de acuerdo escrito en el que se registran los términos del encargo.

Según lo recogido en la NIA, las principales obligaciones y responsabilidades del auditor serían:

  1. Proporcionar a los responsables del gobierno de la entidad una copia de dicha carta de encargo u otra forma adecuada de acuerdo escrito.
  2. El trabajo del auditor debe expresar una opinión sobre los estados financieros de la entidad auditada. Las cuestiones que deberán ser comunicadas según las NIA son, por lo tanto, las cuestiones significativas que se pongan de manifiesto en la auditoría de los estados financieros y que sean relevantes para los responsables del gobierno de la entidad al supervisar el proceso de información financiera.
  3. El auditor tiene la responsabilidad y obligación de comunicar otras cuestiones específicas en aplicación de disposiciones legales o reglamentarias, por acuerdo con la entidad o debido a requerimientos adicionales aplicables al encargo, exigidos, por ejemplo, por las normas emitidas por una organización profesional nacional de contabilidad.
  4. El auditor está obligado a cumplir los requerimientos éticos aplicables, incluidos los relativos a la independencia, en relación con los encargos de auditoría de estados financieros.
  5. A la hora de revisar la información financiera que la empresa le facilita, el auditor tiene la obligación de tratar de identificar los estados financieros que pudieran ser susceptibles de contener pruebas significativas, e indicativas, de que pudiera estar produciéndose fraude.
  6. El análisis auditor deberá recoger las incorrecciones e irregularidades producidas tanto por el uso de información financiera, de manera fraudulenta, como por la malversación de activos.
  7. También es importante que el auditor tenga muy presente, en el proceso de realización de su trabajo, que el elemento clave que diferencia el fraude del error es la intencionalidad de delinquir.
  8. El auditor tiene la responsabilidad de saber dirimir si las posibles incorrecciones que pudieran aparecer pueden ser calificadas de fortuitas o, si por el contrario, evidencian ser acciones intencionadas.

Es importante que el auditor tenga muy presente, en el proceso de realización de su trabajo, que el elemento clave que diferencia el fraude del error es la intencionalidad de delinquir.

Pistas que llevan al auditor hacia el posible fraude

La experiencia es la madre de la ciencia, señala, con acierto, la célebre cita. Y es que es precisamente la experiencia dejada por fraudes cometidos en el pasado, tanto en España como fuera de España, la que puede indicar al auditor en que área de la sociedad podría estar oculto el posible fraude.

Cuatro podrían ser los indicios: de la existencia de fraude

  1. Directivos y empleados tienen fuertes incentivos por alcanzar objetivos demasiado ambiciosos

Asociar parte de la remuneración salarial de la plantilla a alcanzar objetivos de venta, producción o productividad no fáciles de alcanzar. O para alcanzar dígitos que satisfagan a terceros, como analistas financieros, inversores institucionales, entidades financieras o acreedores importantes. Este tipo de incentivos pueden motivar la comisión de prácticas de fraude.

  1. En la sociedad se trabaja bajo una fuerte presión

La perspectiva, por ejemplo, de despidos o ajustes salariales que provoquen una relación problemática entre gestores y empleados que tengan acceso a efectivo -o a activos valiosos propiedad de la empresa- puede motivar robos o fraudes.

  1. La existencia de circunstancias en el entorno que favorezcan el fraude

La existencia de operaciones significativas ajenas al curso ordinario del negocio con sociedades vinculadas (en ocasiones no auditadas); el uso de intermediarios comerciales, para los que no parece que exista una justificación clara en el modelo de negocio; la ausencia de un sistema de autorización y aprobación de las operaciones.  Estos tres supuestos son ejemplos de factores de riesgo para la comisión de fraude empresarial.

  1. Los gestores de la compañía tienen actitudes o valores poco éticos

Los administradores de una empresa siempre deben tratar de alimentar un ambiente de trabajo, dentro de la sociedad, caracterizado por dos elementos:

  • Una adecuada comunicación entre todos los estamentos de la empresa.
  • Total Implementación, y aplicación, de los valores y normas éticas de la entidad.

La ausencia o debilidad de alguno de estos dos elementos podría también propiciar la comisión de fraude.